viernes, 29 de julio de 2011

EL IMPUESTO A LAS SOBREGANANCIAS MINERAS





Cuando Alan García se lanzó a su segunda presidencia, prometió la creación de un impuesto a las sobreganancias de las empresas mineras. Una vez elegido, el APRA optó por otro camino y negoció una contribución voluntaria de las mineras (el óbolo minero).

Para esta campaña electoral, el tema de los impuestos mineros ha vuelto a surgir. El partido de Ollanta Humala, Gana Perú, tiene el impuesto a las sobreganancias mineras entre sus promesas electorales. Otros partidos reconocen la necesidad de cambiar la legislación tributaria: El plan de gobierno de Luis Castañeda critica a las regalías mineras por no estar “en función directa de las cotizaciones internacionales” (fuente: aquí). Perú Posible, por su parte, propone “negociar con las empresas mineras con estabilidad tributaria la aplicación de una mayor contribución al Estado por las ganancias extraordinarias” (fuente: aquí).


La actualidad del tema se entiende si tomamos en cuenta que los precios de los minerales están por las nubes y no hay señal de un declive próximo. Los detractores del impuesto a las sobreganacias argumentan que éste es innecesario y perjudical para el clima de inversión. Pero preguntemos, para empezar, ¿qué es el impuesto a la sobreganancia?

En la actualidad, las empresas mineras comparten sus ganancias con el Estado a través del Impuesto a la Renta (actualmente 30%). De este 30%, la mitad va al gobierno central y la otra mitad a las regiones y localidades donde operan las empresas mineras (este aporte regional se llama canon minero). Manuel Rodríguez Cuadros, candidato presidencial de Fuerza Social, ha propuesto elevar el Impuesto a la Renta al 35% para el sector minero.

Además del Impuesto a la Renta, está el óbolo minero acordado entre el Estado y las empresas mineras en el año 2006. Se trata de un aporte voluntario, en el orden de aproximadamente 500 millones de soles anuales, el cual es destinado al Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo. Este programa se subdivide en más de 100 fondos regionales y locales, cada uno de los cuales tiene una Comisión Técnica de Coordinación encargada de elegir los proyectos en los cuales invertir el dinero (fuente: presione aquí).

No se puede decir que el óbolo sea un éxito: Del dinero aportado, sólo poco más de la mitad ha podido ser ejecutado en proyectos de inversión (fuente: La República). El resto es capital inútil que duerme en las cuentas bancarias. Además, las comisiones técnicas encargadas de la ejecución carecen de plena legitimidad democrática, pues están conformadas por representantes de las empresas mineras, de la sociedad civil y por autoridades políticas locales. A pesar de estos problemas, el gobierno acaba de prorrogar el óbolo minero hasta el año 2015.

Finalmente, están las contribuciones de las empresas mineras por concepto de regalías. Estas oscilan entre el 1 y 3% del valor bruto de venta. Actualmente, está en discusión un aumento de este porcentaje.

Vemos, pues, que ya existen tres formas de contribuciones para las empresas mineras. ¿Por qué, entonces, el impuesto a las sobreganancias?

La argumentación de fondo es bastante simple: Las empresas mineras se diferencian de otras empresas en tanto negocian con materias primas. Estas materias primas son finitas (como todos los recursos naturales) y su comercialización es estandarizada.

En esto, las materias primas se diferencian de otros productos: Las características de un televisor o las de un reloj varían enormemente de acuerdo a la empresa productora y a la línea del producto. Una tonelada de cobre, en cambio, es una tonelada de cobre aquí y en la China. El incremento en las ganancias de empresas como Apple o Rolex puede ser explicado con sus capacidades de ofrecer productos únicos, elaborados con características especialmente codiciadas.

La bonanza económica de las empresas mineras, en cambio, no se debe a alguna innovación o la aplicación de una estrategia especialmente buena, sino simplemente a la variación entre la oferta y demanda a nivel global por un determinado mineral. En este sentido, podemos decir que las empresas mineras no son responsables por la multiplicación de sus ganancias en el mismo sentido en que otras empresas como Apple o Rolex sí lo son.

Además, y tratándose de recursos naturales que no son inventados ni fabricados, sino que yacen en el subsuelo de un determinado país y cuya extracción acarrea serios problemas ambientales, es común pensar que los habitantes de la zona deben ser partícipes o socios en la explotación de estos recursos.

Los argumentos anteriores indican que, en el caso de las empresas mineras (y todas aquellas que explotan recursos naturales), estamos frente a un modelo de negocios especial.

El impuesto a las sobreganancias se justifica, en parte, por esta excepcionalidad. Sus detractores argumentan que la legislación vigente es suficiente pues hace al Estado partícipe de mayores ganancias: Una empresa cuyas ganancias brutas se incrementan de 1000 a 2000 también paga el doble de Impuesto a la Renta (de 300 a 600).

Pero la lógica que sustenta al impuesto a las sobreganancias interpreta a este, literalmente, como un impuesto a las ganancias de sobra, aquellas que trascienden lo que se requiere para que un proyecto sea lo suficientemente rentable como para ser realizado. ¿Por qué una empresa que ya obtiene sólidas ganancias netas de 700 debería, bajo esta lógica, llevarse otros 700 adicionales sin mover un solo dedo para merecerlo?

Hay, por supuesto, otros puntos de visto que deben ser considerados a la hora de evaluar la implementación de este impuesto. Uno de ellos es la estabilidad tributaria. Muchas empresas mineras firmaron contratos en los que el Estado peruano se compromete a no modificar la legislación tributaria relevante.

Pero Humberto Campodónico, quizá el defensor más importante del impuesto a las sobreganancias, ha explicado que la estabilidad tributaria no constituye un obstáculo irremontable: Un eventual impuesto a las sobreganancias aplicaría, en primera instancia, a todas las concesiones posteriores a la promulgación de la ley (fuente: presione aquí).

Además, siempre está la posibilidad de renegociar los contratos con las empresas mineras. Estas últimas tienen un gran interés en mantener buenas relaciones con el Estado y la sociedad peruana con miras a futuras inversiones, lo cual puede llevar a concesiones importantes.

Hans Rothgiesser ha presentado otro argumento contra el impuesto a las sobreganancias:

Cita:
Llevando la lógica al extremo, si la minera pagará un impuesto adicional por esa ganancia adicional no esperada que está recibiendo… ¿quiere eso decir que si la minera obtiene pérdidas no esperadas, el Estado las asumirá en parte? No estoy tan seguro de que esto último le convenga al país, porque introduce un incentivo perverso muy peligroso (fuente: Semana Económica).
No queda claro qué es lo que Rothgiesser entiende bajo “incentivo perverso muy peligroso”. Quizá quiera decir que, con este impuesto, las empresas mineras tratarán de maquillar sus balances para ocultar sus ganancias. Pero esto se podría evitar condicionando las ganancias a la variación en el precio de venta y regulando la aplicación de métodos contables, como la depreciación acelerada, que permiten incrementar las pérdidas en el balance financiero.

En el caso de pérdidas no esperadas que amenazan la rentabilidad del proyecto, la legislación tributaria podría ofrecer una especie de desimpuesto a las infraganancias, por ejemplo reduciendo el Impuesto a la Renta o las regalías en caso de que el precio de los metales caiga por debajo de un nivel determinado (muy inferior al nivel actual).

Defensores y detractores del impuesto a las sobreganancias seguirán discutiendo sobre el tema, probablemente por mucho tiempo más. En este artículo hemos tratado de esbozar los argumentos a favor y aquellos en contra. También hemos visto que la alternativa actual a este impuesto, el óbolo minero, tiene serias deficiencias al colocar la ejecución de proyectos en comisiones técnicas no estatales que carecen de legitimación democrática y que brillan, además, por su ineficiencia.

Países como Chile o Israel ya aplican el impuesto a la sobreganancia. ¿El Perú también lo debe hacer?

El problema es que hay muchos intereses de por medio,lobbies,que impedirían un incremento en el impuesto a la renta a las acatividades mineras,de hecho es justo este incremeneto por tratarse de explotación de materias primas no renovables,pero ya sabemos que a muchas personas no les gustaría este incremento porque como diríamos criollamente ya recibieron su aceitada para defender a las grandes empresas mineras,por otro lado la burocracia impide que se inviertan de manera eficaz y ágil ,tal como dice el artículo arriba mencionado, los recursos generados,hay muchas trabas que impiden un mejor destino a estos recursos algunas veces estos obstáculos son generados para darle otros destinos distintos a los que deberían ser.

El tema de las sobreganancias mineras,es muy dificíl modificar o crear un impuesto a las sobreganacias mineras,porque estas se encuentran protegidas por las leyes que dió el presidente Fujimori en los 90,lo que se podría hacer es proponer que se aumente el % de reinversión de utilidades, de este modo podríamos gozar indirectamente de las mayores ganancias de estas empresas,con más puestos de trabajo,si se desea aumentar la capacidad productiva como reinversión de utilidades,pero no hay que descuidar el tema medio ambiental,una forma de reinvertir las utilidades también es adquirir maquinaria que cause el mínimo o casi nulo efecto contaminador como tantas vese hemos visto que ocasiona la actividad minera en el Perú,no sólo importa el efecto recaudador Sr. Presidente Ollanta Humala Tasso,TAMBIÉN IMPORTAN LAS PERSONAS QUE VIVEN ALREDEDOR O SON CERCANAS A ESTAS EMPRESAS MINERAS,CREO QUE EL AUMENTO DEL % DE REINVERSIÓN DE UTILIDAES EN SUS DIVERAS FORMAS ES MÁS ACORDE QUE EL IMPUESTO A LAS SOBREGANACIAS MINERAS,AL MENOS ESO CREO YO.

Sr. Presidente Ollanta , es necesario tener siempre presente  que las utilidades que se obtienen por la MINERIA PERUANA sean bien aplicadas  en la creación de empresas metalúrgicas y proyectos que se retroalimenten, nuestras materias primas en minerales no son renovables y evitemos la contaminación ambiental en nuestro país.
Con respecto a las sobreganancias mineras se debe hacer con equidad revisando los contratos mineros y utilidades, realizados por los gobiernos anteriores, creo esto sera un gran trabajo del MEM y tambien debe respetarse la opinión de todas la Universidades de la Mineria.






























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